En el marco del Programa Médico Obligatorio (PMO), OSEP mantiene una cobertura universal ambulatoria del 40% en los medicamentos que integran su vademécum y que presentan valor terapéutico aceptable y elevado. En los casos que no reúnen estos criterios, la cobertura ambulatoria es del 29%.

Para enfermedades crónicas no transmisibles, la institución adopta criterios de la Resolución 27/2022 del Ministerio de Salud, ampliando la cobertura del 40% al 70% en medicamentos seleccionados para patologías respiratorias, cardiovasculares, endócrinas y neurológicas, entre otras.

Asimismo, se mantienen las coberturas del 100% cuando así lo determinan leyes específicas, como en el caso de Discapacidad.

OSEP aclara que no se elimina la cobertura de medicamentos, sino que las ordena, jerarquiza y amplía considerando cada caso.

Para obtener estos beneficios, el usuario deberá contar un plan especial que le brinde la mayor cobertura previa auditoría médica.

El mismo se tramita a través de la solicitud por WhatsApp en ALMA (261 2058800), siguiendo las siguientes opciones:

Medicamentos/Insumos

Planes Especiales

Primera vez

Ejemplo: Diabetes

Medicamentos como la metformina mantendrán la cobertura al 100% únicamente para afiliados registrados en el Plan Especial de Diabetes.

Cuando el medicamento sea prescripto para otros usos, la cobertura será del 40%, como cualquier medicamento ambulatorio general.

Este ordenamiento permite:

  • Un mayor control y seguimiento médico de pacientes con enfermedades crónicas.
  • Evitar usos indebidos de medicamentos vinculados a Planes Especiales.
  • Garantizar la sustentabilidad del sistema, cuidando los recursos para quienes más los necesitan.
  • Mejorar la calidad de la atención y la trazabilidad de los tratamientos.