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Viernes, 19 Abril 2024

Presentan proyecto para crear el consejo municipal de personas mayores

Proyecto de declaración presentado por los sres. concejales que integran el “Frente de Todos”, Nadir Yasuff, Mariana Abraham, Samuel Barcudi, Paulo Campi, Andrea Mattacota, Néstor Ojeda y Pamela Torres.

Fundamentación:

Que las políticas públicas necesariamente deben ser definidas desde la interpretación de la salud individual, familiar y comunitaria como resultante de influencias biológicas y psicológicas, afectadas por el entorno físico, social y cultural.

Que las diversas estrategias de cuidados comunitarios sostienen y contienen, aportando calidad de vida, a las personas mayores.

Que las y los adultos mayores son una parte importante de la sociedad y constituyen parte de los cimientos culturales de San Rafael. Este eslabón debe ser preservado y observado en sus necesidades desde la cercanía, aproximando al Estado a esta etapa de la vida y sus diversas problemáticas.

Que el Estado debe ser el principal garante en la consigna “derecho a envejecer con derechos”: derecho a la vida digna, derecho a la autonomía y accesibilidad al bienestar. CITAR Que los espacios de encuentro entre el Estado, tanto en su ámbito legislativo como ejecutivo, junto a centros de jubilados e instituciones afines es la mejor forma de pensar políticas públicas inclusivas, diversas y en clave de derechos humanos.

Que es importante adoptar políticas direccionadas a preservar la salud integral de las y los Adultos Mayores en el marco de los Derechos Humanos: a la dignidad, a la participación, autorrealización, los cuidados y autonomía, por lo cual, este Honorable Concejo Deliberante ve con agrado la creación de un Consejo Departamental de Mayores que funcione como agente detector de necesidades y de derechos; los que podrán ser abordados por el Estado Municipal en la generación de nuevas políticas acordes a las realidades de nuestro municipio en todos sus distritos. “Las Malvinas son argentinas” HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL – MENDOZA BLOQUE FRENTE DE TODOS - PJ

Que la multiplicidad de problemáticas, la diversidad de nuevas realidades y la dinámica de las mismas, son el fundamento necesario de la creación de un organismo que resulte tan flexible como funcional a las temáticas que se plantean.

Que su perspectiva debe ser considerada, preservada y respetada en el presente e incluida en la realidad estatal, entendiendo que las mismas también resultan muy variadas conforme las particularidades del amplio espectro etario que lo conforma.

Que el Consejo Municipal de Personas Mayores debe mantener el espíritu de revalorizar las experiencias y las habilidades, promover el rol activo en la sociedad, recuperar y fortalecer los oficios tradicionales como parte de la identidad colectiva.

Que los conocimientos de las personas mayores deben incluirse en la agenda municipal, y es el DEM a través del Consejo Municipal de Personas Mayores, quien debe funcionar como enlace entre este eslabón de la sociedad y sus propias políticas. Es por lo expuesto que solicito al Honorable Concejo Deliberante de San Rafael brinde sanción favorable al siguiente proyecto de ORDENANZA N°….

Art. 1º: Crear el Consejo Municipal de Personas Mayores (CMPM); el cual tendrá como principal fin garantizar el acceso a una vida plena, con calidad, libre de violencia y sin discriminación para todas las Personas Mayores.

Art. 2º: EL CMPM tendrá por objetivos centrales difundir y promover el ejercicio de los Derechos de las Personas Mayores; enunciar y formular políticas públicas inclusivas y transversales a todo el municipio; generar espacios de encuentro y articulación con otros consejos y organizaciones que trabajen la temática; diseñar un diagnostico situacional de las personas mayores; articular con Instituciones del Ejecutivo Nacional, Provincial y Municipal para garantizar asesoramiento y contención a la Persona Mayor y a su familia en los aspectos jurídicos educativos, sociales, culturales, médicos sanitarios y psicológicos a través de los Centros de Jubilados que se constituyeron en el Departamento. “Las Malvinas son argentinas” HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN RAFAEL – MENDOZA BLOQUE FRENTE DE TODOS - PJ

Art. 3º: EL CMPM, se compondrá de una comisión organizativa integrada por diez personas: cuatro (4) personas pertenecientes al Departamento Ejecutivo Municipal, las cuales serán definidas por la Secretaría de Gobierno; dos (2) integrantes del Honorable Concejo Deliberante de San Rafael, quienes serán determinados por la autoridad competente; y cuatro (4) personas referentes de centros de jubilados de nuestro departamento. La comisión deberá ser diversa e inclusiva, de forma tal que, represente la extensión demográfica del departamento.

Art. 4º: LAS personas integrantes desempeñarán sus funciones ad honorem.

Art. 5º: LA Comisión Organizativa del CMPM, tendrá la facultad de invitar organizaciones, organismos e instituciones afines a las problemáticas y proyectos. Dichas instituciones deberán acreditar idoneidad en la temática a tratar.

Art. 6º: TODAS aquellas personas e instituciones que deseen participar de forma voluntaria deberán hacerlo por escrito fundamentando la solicitud. Será la comisión organizativa del CMPM la que dará lugar o no, a dicha solicitud.

Art. 7º: LAS reuniones ordinarias tendrán una periodicidad trimestral. Podrá llamarse a reuniones extraordinarias, siempre y cuando, se convoquen con cinco días hábiles de antelación. Art. 8º: LA presente ordenanza entra en vigencia a partir de su publicación en Boletín Oficial. Art. 9º: LOS gastos que emane la presente ordenanza serán imputados a la cuenta presupuestaria vigente.

Art. 10º: DE FORMA.

 

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