Heladas tardías: Vaquié se reunió con autoridades de la cartera económica nacional por el poco avance de los anuncios

Categoría: Politica Escrito por Sergio Miranda

Las últimas contingencias climáticas (heladas) dejaron como resultado unas 8.200 denuncias por daños en cultivos a través de la Dirección de Contingencias Climáticas. Según las primeras estimaciones, serían más de 80 mil las hectáreas con afectación diversa. De este total, 54 mil corresponden a cultivos de vid, 23 mil a frutales y unas 2.500 hectáreas a cultivos hortícolas.  

Según el daño promedio denunciado, implicaría una merma en la producción de 51% para la vitivinicultura y de 69% para el sector vinculado a la producción de frutales. Ante esta situación, el ministro de Economía y Energía, Enrique Vaquié, viajó a Buenos Aires para reunirse con Juan José Bahillo, secretario de Agricultura y Ganadería de la Nación.  

En el marco del encuentro, el funcionario provincial repasó los anuncios del ministro Massa tras su paso por la provincia a raíz de las últimas contingencias climáticas el pasado 7 de noviembre y que tienen que ver con la tarifa eléctrica, dólar diferencial, líneas de financiamiento, fondos para la provincia y  la implementación del programa REPRO.  

Sobre el primer punto de trabajo, la tarifa eléctrica, Vaquié comentó: “Ante situaciones de emergencia o desastre agropecuario, la ley establece beneficios para los productores afectados. Ante mi consulta sobre si desde Nación tenían planeado algo, nos comentaron que por ahora no se iba a hacer nada, dando por terminado el tema ahí”.  

Otro de los puntos que se trataron en el marco del encuentro fue el dólar diferencial. En este sentido, los funcionarios nacionales señalaron que esta herramienta no tenía sentido implementarla en las economías regionales. “Sobre este tema, dijeron que están trabajando en una baja de las retenciones de las exportaciones de las económicas regionales en casos como el vino, por ejemplo, y esperan anunciarlo este año. Los fondos que se utilizarían para implementar esta medida serían los que ingresarán con el dólar soja 2”.  

Sobre los créditos a tasa cero a 18 meses, otro de los anuncios que hizo el ministro de Economía de la Nación, fue tema de trabajo en el marco de la reunión. Al respecto, desde la cartera a cargo de Massa comentaron que cuentan con una partida de $1.000 millones para todo el país, de los cuales llegarían unos $300 millones a Mendoza.  

“Según lo que comentaron, esos $300 millones serían para prestar hasta $900 mil por productor. Ante esta confirmación, solicité que evaluaran las cuentas que estaban haciendo, dado que, si tenemos en cuenta los más de 8.200 productores que se han visto afectados por las últimas contingencias, y que efectivamente han realizado la correspondiente denuncia, estarían en condiciones de poner a disposición esta herramienta a poco más de 330 productores del total. Para el tamaño de la economía mendocina, es un monto insignificante”.  

Sobre este último punto, y ante la insistencia por parte de Mendoza de que los fondos serán insuficientes para dar respuesta a la gran demanda de asistencia por parte del sector productivo, señalaron que entendían pero que no contaban con los fondos suficientes y que aguardarán al año próximo para evaluar nuevas partidas, ya con un nuevo presupuesto. Los 300 millones llegarán a la provincia mediante la firma de un convenio y será Mendoza la encargada de otorgar los préstamos.  

En el marco de su visita, Massa hizo referencia a otra línea de crédito para productores afectados por las heladas. Según había adelantado oportunamente el funcionario nacional, contaría con 54 meses de plazo para su devolución a tasa fija de 48% anual y con 18 meses de gracia. “Sobre esta línea, adelantaron que serán $1.500 millones que se otorgarán al sector a través del Banco Nación o el BICE. Aún no están aprobados y están a la espera de la resolución en estos días para que estén operativos”.  

Sobre los REPRO (Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo), para los trabajadores en blanco que se desempeñen en las fincas, aún no hay nada definido. Desde Nación adelantaron que se pondrán en contacto desde el Ministerio de Trabajo con el titular de la cartera económica local para avanzar en este sentido.  

Vaquié hizo referencia a los $1.500 millones anunciados para la Provincia. “Ahora nos comentaron que de los $1.500 millones (se habían solicitado $4.000 millones) solo llegarán $500 millones. De ese total, 200 serán para la Provincia, y los restantes 300, distribuidos en los municipios. El número es insignificante si tenemos más de 80 mil hectáreas con daños. Si hacemos cuentas rápidas, estaríamos hablando de poco más de $6 mil por hectárea dañada, lo cual es muy poco. Si a esto le sumamos que, con el dinero que se les daría a los municipios, podrían darse casos donde el beneficiario cobre dos veces y otros que se queden sin cobrar. Les aconsejé que si estos $500 millones se amplían para el año que viene, que lo anuncien”.  

“En más de una oportunidad, quienes nos recibieron señalaron que no contaban con fondos suficientes para hacer frente a los anuncios que hizo el ministro Massa en Mendoza. Ante esta situación, yo les consulté cuál fue el objetivo de hacer lo que se hizo el pasado 7 de noviembre si sabían que no iban a contar con ese dinero, y no supieron dar una respuesta”, cerró Vaquié  

Herramientas disponibles desde la Provincia para el sector  

Desde el Fondo para la Transformación y el Crecimiento ya se tiene implementada una línea de financiamiento para capital de trabajo, a la que pueden acceder los productores afectados por las últimas heladas registradas.   

En este sentido, Laura Torres, directora del FTyC, añadió: “La línea está disponible, tiene una tasa que se inicia en el 25% anual con un plazo de devolución de 21 meses. Dentro de ese plazo, los primeros 12 meses son de gracia, justamente para que el productor pueda recuperarse y logre devolver el financiamiento con la nueva temporada. Esta línea tiene poco más de un año de vigencia y los productores la están aprovechando. Vale destacar que los créditos de hasta $1 millón la garantía pueden ser a través de un bono de sueldo”. 

Sobre la Emergencia Agropecuaria

Todos los productores inscriptos en el Registro de Uso de Tierra (RUT) que acrediten daños en su producción gozarán, durante el período que dure el estado de emergencia, de la eximición de la obligación de pago del Impuesto Inmobiliario, de los cánones de riego (superficial y subterráneo) por un valor igual al 50% de la factura correspondiente y de una prórroga de hasta 90 días para los vencimientos de cuotas correspondientes a créditos otorgados por organismos financieros oficiales o mixtos provinciales, sin que ello origine recargos, intereses ni actualización monetaria.    

Asimismo, las instituciones financieras oficiales o mixtas locales brindarán líneas de créditos que permitan la continuidad de las explotaciones, la recuperación de las economías de los productores afectados y el mantenimiento de su personal estable, con tasas de interés bonificadas, a un año de gracia y plazo de pago que no podrá ser inferior a tres años.    

En tanto, las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica deberán establecer, con el solo hecho de la presentación del Certificado de Emergencia Agropecuaria, una bonificación de 25% en las facturas correspondientes a energía eléctrica utilizada para riego agrícola.    

Además, se deberán suspender por hasta 90 días hábiles de finalizado el período de Emergencia Agropecuaria la iniciación de juicios y procedimientos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia, referidas únicamente a los impuestos y servicios. Los juicios ya iniciados deberán paralizarse y quedarán suspendidos los cursos de los términos procesales, de la caducidad de instancia y de la prescripción y se suspenderá por hasta 90 días hábiles la obligatoriedad de validación prevista en el artículo 185 del Código Fiscal de la Provincia de Mendoza.    

El artículo 13 de la ley mencionada señala además que la Administración Tributaria Mendoza (ATM) y el Departamento General de Irrigación (DGI) deberán emitir al productor la correspondiente factura con la eximición de pago por el período que dure la Declaración de Emergencia Agropecuaria. Lo propio deberá hacer el Departamento General de Irrigación, mediante planes de pago especiales para el cobro del 50% restante de la factura correspondiente.    

A su vez, la autoridad de aplicación, antes del 31 de diciembre, pondrá en conocimiento de las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica la nómina y la identificación de cada uno de aquellos establecimientos agrícolas inscriptos en el Registro del Uso de la Tierra (RUT) que hayan certificado daños, a los efectos de que cada repartición otorgue los beneficios contemplados    

Sobre Desastre Agropecuario    

Al igual que en el caso de productores enmarcados en emergencia, todos aquellos establecimientos agropecuarios declarados en desastre gozarán de la eximición de la obligación de pago del Impuesto Inmobiliario y de los cánones de riego (superficial y subterráneo). También tendrán una prórroga, a pedido de los interesados, de hasta 90 días hábiles administrativos posteriores al vencimiento del período de desastre de los vencimientos de cuotas correspondientes a créditos otorgados por organismos financieros oficiales o mixtos que se hicieran exigibles durante el período que rija el Estado de Desastre, sin que ello sea motivo de recargos, intereses ni actualización monetaria.    

Además, podrán acceder a líneas de crédito con el objeto de que permitan la continuidad de las explotaciones, la recuperación de sus economías y el mantenimiento de su personal estable, con tasas de interés bonificadas, un año de gracia y plazos de al menos un año más que el de los créditos diseñados para productores en Emergencia Agropecuaria.    

Por su parte, las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica deberán establecer, con el solo hecho de la presentación del certificado de Desastre Agropecuario, una bonificación de 50% en las facturas correspondientes a energía eléctrica utilizada para Riego Agrícola superficial y subterráneo.    

Quedará suspendida por hasta 180 días hábiles después de finalizado el período de Desastre Agropecuario la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad al desastre, referidas únicamente a los impuestos y servicios. Los juicios ya iniciados deberán paralizarse. Por el mismo período quedará suspendido el curso de los términos procesales, de la caducidad de instancia y de la prescripción.    

También quedará suspendida, por hasta 90 días hábiles después de finalizado el período de Desastre Agropecuario, la obligatoriedad de validación prevista por el artículo 185 del Código Fiscal de la Provincia.    

Con la sola presentación por parte del productor del certificado de Desastre Agropecuario, la Administración Tributaria Mendoza (ATM) y el Departamento General de Irrigación (DGI) deberán eximir al productor damnificado del impuesto inmobiliario y del canon de riego (superficial y subterráneo) por el período que dure la Declaración de Desastre Agropecuario.    

Por otro lado, la autoridad de aplicación deberá, antes del 31 de diciembre, poner en conocimiento de la Dirección de Administración de Activos de ex Bancos Oficiales, del Fondo de Financiamiento de Inversiones Privadas para la Transformación y el Crecimiento, Mendoza Fiduciaria SA y de cualquier otro organismo financiero oficial o mixto local, la nómina y la identificación de aquellos establecimientos agrícolas que hayan certificado daños del 80 % o más, a los efectos de que cada repartición otorgue los beneficios correspondientes, sin perjuicio de que el damnificado pueda efectuar la presentación en forma personal ante las referidas reparticiones.    

Por último, se enviarán informes a las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica, de la nómina y la identificación de cada uno de aquellos establecimientos agrícolas inscriptos en el Registro del Uso de la Tierra (RUT) que cuenten con certificado de Desastre Agropecuario, a efectos de que se otorguen los beneficios contemplados, sin perjuicio de que el damnificado pueda efectuar la presentación en forma personal ante las empresas y cooperativas, dentro del período por el cual se haya declarado el estado de Desastre Agropecuario.